La Ley General de Telecomunicaciones ha quedado definitivamente aprobada y está lista para su entrada en vigor, según fuentes del Congreso de los Diputados. Su tramitación parlamentaria quedó concluida el jueves 9 de junio con el debate en el Pleno del Congreso de los Diputados de las enmiendas introducidas por el Senado, que han sido aprobadas por 291 votos a favor, 51 en contra y ninguna abstención. El texto definitivo incluye todas las enmiendas que habían sido incorporadas por la Cámara Alta. Asimismo, ha quedado aprobada la Ley orgánica complementaria de la Ley General de Telecomunicaciones por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Durante su tramitación parlamentaria, se ha incorporado y aprobado una enmienda que reconoce el derecho de una persona a no recibir llamadas comerciales no deseadas, limitándolas únicamente a personas que previamente hayan dado su consentimiento.
«El pasado mes de mayo presentamos en el Senado una propuesta de enmienda que eliminaba del texto la imposición de esta limitación a hacer llamadas comerciales, ya que nos parece ir contra la realidad y necesidades actuales tanto para los clientes como para las empresas”, recuerda José Francisco Rodríguez, presidente de la AEERC. “En un contexto económico donde la atención a distancia cobra cada vez mayor peso a nivel global, en España damos un paso atrás, con esta regulación”, añade.
Por otro lado, durante la tramitación parlamentaria de la Ley de Telecomunicaciones también se ha reconocido el derecho de los consumidores a una especial protección en la utilización de servicios de tarificación especial y el deber de los operadores a contar con servicios de atención al cliente de forma telefónica para «garantizar en todo momento una atención personal directa».
Desde la Asociación, indican que esta nueva regulación ahora tiene un periodo de 12 meses para su desarrollo e implantación, que en palabras del presidente “vamos a valorar el texto y desarrollo final para intentar minimizar el impacto para el sector de atención al cliente de esta medida”.
En las disposiciones destinadas al usuario también se limita la duración de los contratos a 24 meses, se amplían los derechos de portabilidad y se permitirá conservar el saldo de un móvil prepago al cambiar de operador.
Otra novedad incluida contempla la obligación de precisar en el resumen del contrato todas las condiciones y mecanismos de resolución del mismo, así como sus costes asociados.