Las entidades financieras tampoco se libran del impacto directo de la Ley SAC
Para esta información sobre las entidades financias y cómo les afecta la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, de servicios de atención a la clientela (Ley SAC), la AEERC, hace referencia a un informe de un prestigioso despacho de abogados. En ese informe del que se hace eco la AEERC, se habla de este nuevo marco normativo de referencia que refuerza los estándares de protección de consumidores y usuarios en España, y de su impacto directo y significativo sobre el sector financiero.
Entre sus implicaciones más relevantes destaca la ampliación del ámbito subjetivo de la Ley 44/2002, que extiende la obligación de contar con un Servicio de Atención a la Clientela (SAC) a nuevas entidades —entre ellas, entidades de pago, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva, corredores de seguros, prestamistas inmobiliarios e intermediarios de crédito—, así como la incorporación de requisitos reforzados en materia de accesibilidad, gratuidad, atención a personas vulnerables y separación funcional respecto de las áreas comerciales.
Las entidades financieras sujetas disponen de un plazo de adaptación de 12 meses desde la entrada en vigor de la norma —con vencimiento el 28 de diciembre de 2026— para adecuar sus estructuras internas, canales de atención, procedimientos de resolución de quejas y obligaciones de transparencia a las exigencias de la Ley SAC. En este contexto, resulta esencial contar con un asesoramiento jurídico especializado que garantice el pleno cumplimiento normativo, minimice el riesgo regulatorio y anticipe las implicaciones derivadas de la futura constitución de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero.
