Skip to content
12 Jun 2026
Noticias
12 Jun 2026

La AEERC contra la última resolución de la CNMC sobre los requisitos de consentimiento para llamadas comerciales de suministro eléctrico

CNMC
La AEERC ha hecho llegar a sus asociados una nota interpretativa elaborada junto a Ignium, en la que rechaza la última resolución de la Comisión Nacional de los Mercado y la Competencia (CNMC) sobre los requisitos del consentimiento del consumidor para la realización de llamadas comerciales de suministro eléctrico y su obtención a través de páginas de captación operadas por terceros.

Con esta resolución, en respuesta a unas preguntas presentadas por la AEERC, la Comisión Nacional de los Mercado y la Competencia (CNMC), según expone la Asociación, deja invalidado el modelo tradicional de generación de leads co-registros, agregadores y sorteos) para la venta telefónica de electricidad.

La interpretación del apartado 2 exige que el consumidor solicite la llamada la comercializadora de forma proactiva, directamente y motivada exclusivamente por el interés en el suministro.

Para la Asociación, a nivel operativo, esto significa que se debe rechazar de plano cualquier base de datos de emisión (outbound) cuyas fuentes sean plataformas de terceros o campañas incentivadas, ya que son consideradas nulas de pleno derecho y llevarían sanciones directas.

La nota interpretativa de la AEERC, elaborada junto a Ignium, se puede consultar aquí.