El Ministrio de Sanidad, a través del Insttuto de Consumo, ha solicitado el estudio del borrador del anteproyecto a otros ministerios (Industria, Justicia y Economía), así como a algunas asociaciones, con el fin de modificar la actual normativa de Defensa de los Consumidores y adaptarla a las últimas directivas europeas. La nueva normativa debe aprobarse antes del 13 de diciembre, fecha límite para la transposición de las directivas europeas sobre esta materia y afectaría a los contratos que se realicen desde junio de 2014.
Según publica el diario Expansión, el anteproyecto tiene como objetivo reforzar la seguridad jurídica, tanto la de los contratantes como la de los empresarios; conribuir a la eliminación de las disparidades existentes en la legislación europea de los contratos celebrados entre empresas y consumidores y elevar el nicho de protección de los consumidores y usuarios.
En el artículo 98 de la normativa, bajo el título de Requisitos formales de los contratos a distancia, se especifica que "en caso de que un contrato a distancia vaya a celebrarse por teléfono, el empresario deberá confirmar la oferta al consumidor por escrito o, salvo oposición expresa del consumidor y usuario, en cualquier soporte de naturaleza duradera. El consumidor solo quedará vinculado una vez que haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito".