El Gobierno obliga a las telecos a bloquear las llamadas y SMSs sospechosos de ser fraudulentos

Las telecos serán las responsables de tener que bloquear los números de teléfono fraudulentos utilizados por estafadores suplantando la identidad de empresas o instituciones. Este tipo de incidencias ha aumentado un 500% en los últimos diez años, según la Secretaría General de Telecomunicaciones del Ministerio de Transformación Digital.telecos

La normativa que acaba de ser aprobada por el Gobierno (se trata de una Orden Ministerial firmada este miércoles por Óscar López, ministro para la Transformación Digital), marca distintas obligaciones para las telecos. Así, se obliga a estas compañías a implementar sistemas técnicos e informáticos que detecten y bloqueen ese tipo de llamadas e impidan su realización. En caso de incumplimiento de estas medidas, las operadoras tendrán que afrontar multas de hasta dos millones de euros que pagarán a la Administración, aunque no serán responsables de indemnizar al cliente estafado.

Esta orden ministerial además de a las llamadas, afecta también a los SMSs, pero no, a WhatsApp y a los emails. Con carácter general, la norma entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, pero hay otros plazos para diferentes medidas.

Esta normativa obliga a las telecos a bloquear en sus redes las llamadas o SMSs con una numeración que no tengan un cliente final (las que no están atribuidas a ningún operador o servicio que, por tanto, no pueden corresponder a clientes reales).

Otra obligación de las telecos será bloquear las llamadas y SMSs de origen internacional, pero que parecen haber sido originadas con un número español. De dicho bloqueo automático quedan exentas las llamadas realizadas por los clientes de redes móviles que estén en roaming o itinerancia internacional.

Como esta obligación implica que las telecos tengan que llevar a cabo actuaciones técnicas en su red, por lo que, la Orden Ministerial será efectiva en un plazo de tres meses desde su entrada en vigor.

La tercera medida, por su parte, implica a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), que deberá crear en el plazo de 15 meses una base de datos con nombres o códigos alfanuméricos verificados, para que los posibles estafadores no puedan hacerse pasar por un banco, compañía o Administración en los SMS.

En el envío de SMS a veces se utiliza una etiqueta alfanumérica como identificativo en lugar de un número móvil. Esta es una práctica muy extendida en las comunicaciones tanto de empresas como de Administraciones públicas. Esos códigos alfanuméricos serán registrados y verificados por la CNMC, como medida para proteger el nombre de las compañías o entidades, y localizar de forma más rápida y eficaz cualquier intento de suplantación.

La última disposición de esta Orden Ministerial hace referencia a las llamadas comerciales. En este apartado se especifica que queda prohibida la utilización de numeración móvil para este tipo de llamadas. De esta manera, se trata de evitar las estafas que se producen cuando una persona recibe una llamada procedente de móviles nacionales que no tiene guardados en su agenda, por lo que no puede identificar al llamante. Esta medida será aplicable a los tres meses de la entrada en vigor de la Orden Ministerial.

En contraposición, se habilitan los números 800 y 900 para hacer llamadas comerciales. Hasta ahora estas numeraciones solo podían recibir llamadas, pero no emitirlas. De esta forma, las llamadas comerciales podrán realizarse desde números especialmente atribuidos para ello. Esta medida se habilitará en un período de 20 días.

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